Comunicado UIF. Recomendaciones respecto a la operatoria de contado con liquidación y dólar MEP
La Unidad de Información Financiera de la República Argentina (UIF-Argentina) observa activamente el aumento de las magnitudes en las operatorias de Contado con Liquidación y Dólar MEP generado durante las últimas semanas y exhorta a los Sujetos Obligados, regulados por las Resoluciones UIF N° 30/2017 y N° 21/2018, a cumplir responsablemente con sus obligaciones acorde a un enfoque basado en los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo que las mismas pudieran implicar.
En ese sentido, se requiere a los citados Sujetos Obligados que extremen sus recaudos tendientes a valorar adecuadamente los factores de riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo de esas operaciones conforme el marco normativo establecido en las referidas resoluciones UIF, en particular las previsiones que exigen a los Sujetos Obligados considerar, como mínimo, los siguientes factores de Riesgo de LA/FT: a) Clientes; b) Productos y/o servicios; c) Canales de distribución y; d) Zona geográfica.
Asimismo, cabe tener presente que los mencionados factores de riesgo, son los elementos mínimos que deben tener en consideración los Sujetos Obligados para evaluar su nivel de exposición a los Riesgos de LA/FT, pudiendo desarrollar los indicadores de riesgo adicionales que resulten necesarios en cada circunstancia.
En todo supuesto, corresponde señalar la necesidad de que los Sujetos Obligados efectúen, en tiempo y forma, los reportes sistemáticos previstos en el artículo 42 incisos a) y b) de la Resolución UIF N° 30/2017 y en el artículo 38 inciso a) de la Resolución UIF N° 21/2018.
Atentamente
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